Como profesional tenés el derecho de ejercer cualquiera de las funciones atribuidas por la universidad o escuela técnica que emitió tu título, y la obligación de cumplir con la responsabilidad que el mismo te confiere.
Para estar habilitado legalmente a ejercer en todo el país, es imprescindible estar inscripto en el Consejo correspondiente, contar con su derecho anual vigente y consultar los requisitos exigidos por la autoridad aeronáutica (ANAC).
EL EJERCICIO PROFESIONAL Es toda actividad remunerada o gratuita, que requiera la capacitación propia del título, matrícula o habilitación correspondiente, y que se encuentre comprendida dentro del ámbito de competencia del CPIAyE.
- Una copia en formato PDF del DNI vigente.
- Una copia en formato PDF del diploma -para ingenieros- y/o certificado analítico– para técnicos, mecánicos y personal de apoyo-, para que la Comisión de Matriculación lo analice.
- El Formulario de Inscripción CPIAyE completo, firmado y en formato PDF.
ENVIAR A: secretaria@cpiaye.org.ar
- Dos fotos 4 x 4.
- DNI original vigente.
- El Formulario de inscripción al CPIAYE original.
- Ingeniería: Diploma fisico original
- Técnicos y Mecánicos: Certificado analítico físico original.
Ningún documento debe estar plastificado.
Este es un requisito para poder obtener su matrícula.
El personal aeronáutico de apoyo como controladores de tránsito aéreo y despachantes de aeronaves, no tramita una matrícula como tal, pero están habilitados para solicitar su registro correspondiente en este consejo siguiendo los pasos anteriores.
Próximamente la verificación de su documentación será validada directamente por el Registro Nacional de las Personas (RENAPER) y este proceso será actualizado para su gestión mediante el sistema ¨Mi CPIAyE¨.
El pago es anual, con la posibilidad de ser abonado en tres cuatrimestres al año con los siguientes vencimientos:
30 de abril
1er. Cuatrimestre
31 de agosto
2do. Cuatrimestre
31 de diciembre
3er. Cuatrimestre
Vencido el plazo establecido, el valor quedará sujeto a los recargos previstos en la reglamentación respectiva. Transcurrido un año de mora, el Consejo dispondrá la suspensión de la Matrícula Profesional, quedando el matriculado impedido de ejercer su profesión.
Los valores fueron aprobados por Acta N° 787 de la reunión del día 27 de noviembre de 2025 y se reajustan conforme a los valores IPC en los meses abril/agosto.
En caso de no estar haciendo uso de su título en todo el territorio nacional, podrá solicitar la baja transitoria de su matrícula profesional y reactivarla nuevamente cuando sea necesario.
Descargá el archivo para para solicitar la baja de la matrícula profesional.
Completá el formulario para presentar la declaración.
Enviá el formulario de alta de matrícula para solicitar su reactivación.

